domingo, 11 de julio de 2010

Asociaciones de Vecinos de Yeles y organizaciones ecologistas se oponen a la construcción de una EDAR ilegal


Las Asociaciones y movimientos ciudadanos que firmamos el presente escrito (Ecologistas en Acción de La Sagra, Toledo Aire Limpio y Asociación de Vecinos de Yeles ) nos sumamos a la reciente reclamación efectuada ante esta Consejería por la Unión de Vecinos de Yeles en el mismo sentido de solicitar una revisión, con participación ciudadana, del proyecto de la ampliación de la E.D.A.R de Yeles, por considerar que su aprobación se realizó con la inclusión de un dato erróneo, que es capital para su viabilidad; con ello reproducimos la misma objeción que desde la Alcaldía de Yeles se manifestó mediante escrito a esta Consejería respecto de la distancia real de la futura depuradora al núcleo urbano, menor de 150 metros, muy diferente de los 2.000 metros que por un incomprensible error consta en dicho proyecto (lo hemos presentado ante la Delegación de MA como documento núm.1 ).
En efecto, el escrito remitido desde la Alcaldía de Yeles, se envió el 10 de julio de 2008, sin que hayamos tenido conocimiento de la respuesta de esta Consejería, si no es indirectamente el de una carta de esta Dirección General dirigida a la Mancomunidad de la Sagra Alta para que esclareciera este punto oscuro (remitido como documento núm. 2). Como tampoco parece haber habido respuesta por parte de la Mancomunidad es por lo que las Asociaciones que firmamos este escrito proponemos que se detenga el inicio de las obras ya adjudicadas a la empresa SADYT S.A, en tanto no se resuelva un aspecto de tal importancia y gravedad por el riesgo que conlleva para la salud de la población y de su calidad de vida, así como para el deterioro del medio ambiente, planteándose la posibilidad de otra ubicación más idónea o de una reducción sustancial en las dimensiones de la nueva E.D.A.R, basándonos en las siguientes consideraciones:

1ª) En ausencia de leyes ambientales más específicas, es de obligado cumplimiento el RAMINP, que prescribe una distancia mínima de 2.000 metros de protección.

2ª) Que la EDAR va a producir más agresiones innecesarias en el Arroyo de Guatén, un mayor índice de emisiones contaminantes a la atmósfera, un mayor número de residuos peligrosos y el añadido de “olores fuertes”, como afirma el propio Estudio Ambiental del proyecto, para el que cualquier medida correctora, siendo necesaria, no es más que un ligero paliativo.

3ª) No es válido el argumento de que la nueva EDAR sólo significará una ampliación de la actual, pues la capacidad de ésta (para 27.000 habitantes y un caudal de 5.500 m3 al día) será casi 14 veces mayor (para unos 360.000 habitantes y un caudal de 75.000 m3 al día), multiplicándose también sus desechos biológicos y químicos en la misma proporción y debiendo acoger una única población como Yeles el impacto negativo de 4 poblaciones a la vez y todo ello a una distancia menor de 150 metros del núcleo urbano.

4ª) Los vecinos que sufrimos estos efectos negativos no hemos tenido prácticamente ocasión de presentar alegaciones por una falta de información completa y transparente, por lo que apelamos a la ley 16/2002 de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, que no solo ampara este derecho a la información sino que anima a tomar parte activa en las actuaciones de protección medioambiental, según el principio de precaución.

5ª) Así mismo, en la única información a la que hemos tenido acceso, la de la aprobación provisional de la adjudicación de la explotación de la EDAR por parte de la Mancomunidad de la Sagra Alta a la empresa SADYT S.A, según Pleno de 11 de mayo de 2010, hay un nuevo dato erróneo que tomado literalmente invalidaría el proyecto; se trata de la cantidad de caudal de agua que requiere la depuradora, haciendo constar el acta del Pleno de la Mancomunidad que serán 75.000 m3/año, lo que supondría una cantidad ridícula, pues lo que debería decir es 75.000 m3/día, cantidad que, aun siendo la pretendida, rebasaría, sin embargo, las asignaciones de dotación de la Confederación Hidrográfica del Tajo a los cuatro pueblos juntos ( Esquivias, Illescas, Ugena y Yeles ) que verterán sus aguas residuales, llegándose, por ese otro lado, a un caudal totalmente inviable.

6). Finalmente, añadimos como documento número 3 la reciente sentencia contra una depuradora en Aranda del Duero (Burgos), por incumplimiento del RAMINP, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León de marzo de 2009 y ratificada por el Tribunal Supremo.

Por todo lo cual, hemos reiterado ante la Delegación de MA nuestra petición de que se paralice el inicio de las obras de la EDAR y se someta a un nuevo Estudio de Impacto Ambiental y a la participación democrática de los vecinos en la elaboración de un nuevo proyecto en unas condiciones diferentes a las actuales .


Toledo Aire Limpio --- Asociación de Vecinos de Yeles --- Ecologistas en Acción de la Sagra

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